Actualmente, el 89% del gas que se comercializa ya forma parte del libre mercado. El mercado cuenta con 17 empresas activas que comercializan gas natural, lo que se traduce en un importante índice de diversificación. Las centrales eléctricas son el único sector que compra la totalidad del gas natural a través del mercado liberalizado, mientras que el resto de la industria lo hace en un 90% y el sector doméstico-comercial en un 42%. Por lo tanto, casi la totalidad de los clientes que se incorporan al libre mercado desde el 1 de julio son consumidores domésticos y pequeñas empresas.
En lo que a la tarifa de último recurso (TUR) se refiere, el Ministerio de Industria y la Comisión Nacional de la Enegía están trabajando en establecer los mecanismos de cálculo de esta tarifa, la cual ha sido concebida como un "precio máximo" que se fijará para no crear distorsiones de competencia en el mercado y ser única para todo el territorio nacional. Mientras no se acuerde la estructura definitiva de la TUR, para el trimestre de julio a septiembre la CNE recomendó mantener el marco tarifario vigente.
Los consumidores que opten por la TUR serán suministrados por una de las cinco empresas designadas por el Gobierno: Endesa Energía, Gas Natural Servicios, Iberdrola, Naturgas Energía Comercializadora y Unión Fenosa Comercial.
Por el contrario, los consumidores que contraten el suministro de gas en el mecado liberalizado tendrán la posibilidad de contrastar cual es la mejor oferta que se les ofrece, teniendo en cuenta que la TUR no está pensada para entrar en competencia con las tarifas que puedan ofrecer las empresas comercializadoras en el mercado liberalizado.
La Tarifa de Último Recurso irá desapareciendo, de una manera paulatina, en función del nivel de consumo anual. A partir del 1 de julio de 2008 queda suprimido el sistema tarifario de gas natural y sólo podrán acogerse a la TUR aquellos consumidores conectados a gasoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 3 GWh. A partir del 1 de julio de 2009, se podrán acoger a la TUR aquellos consumidores conectados a gasoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 2 GWh. A partir del 1 de julio de 2010, sólo se podrán acoger a la TUR aquellos consumidores conectados a gasoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 1 GWh.
Con el fin de garantizar la transparencia y efectividad del mecanismo de traspaso de clientes, se crea la Oficina de Cambio de Suministrador. Se trata de una herramienta, no exigida por la normativa comunitaria, que supervisará los cambios de suministrador de gas natural y electricidad, con el fin de evitar posibles obstáculos a la competencia. Para el ejercicio de su actividad, la Oficina de Cambio de Suministrador tendrá acceso a las bases de datos de consumidores y puntos de suministro de gas y electricidad propiedad de las empresas. Dicha oficina está formada por distribuidores de gas natural y electricidad (en un porcentaje del 15% cada uno) y por comercializadores de gas natural y electricidad (en un porcentaje del 35% cada uno). Ningún grupo empresarial tiene una participación superior al 20%.